PERSONAL ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
AL PERSONAL CONTRATADO POR LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, PROVINCIAL O MUNICIPAL EMPLEO INFORMAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Todo el personal que se desempeña en la Administración Pública Nacional, bajo el régimen de trabajo por contrato (“los contratados”), se encuentra inmerso en un ejercicio abusivo del poder del empleador y un régimen de precarización laboral. Son aquellos trabajadores que siendo contratados realizan el mismo tipo de tareas que los escalafonados de la Administración Publica, bajo órdenes directas y cumpliendo horarios como el personal de planta.
Las administración públicas Nacional, Provincial y Municipal abusaron de este sistema y este empleo informal y precario se expandió con el único objeto de evadir responsabilidades y abaratar sus costos.
Llegándose al absurdo de que en la actualidad la excepción que eran en principio los contratados, pasaron a ser la mayoría de los empleados estatales, con el agravante de que a estos se les encarga la realización de las mismas tareas de los agentes que integran la estructura orgánica de la organización, recibiendo –como se expresa más arriba– órdenes de superiores jerárquicos y cumpliendo los mismos horarios que los empleados con estabilidad plena.
A los contratados se les niega todo derecho de índole asistencial, previsional, cobertura médica, un régimen salarial diferenciado, con precariedad en su estabilidad, etc.
Los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos “Madorrán” y “Ramos José” amparan a los trabajadores contratados, reconociéndoles la estabilidad del empleado público; se repara, de esa forma, la injustificada precariedad de su trabajo.
Por lo expuesto, todo “contratado” por la Administración Pública, en todos los niveles, puede realizar su reclamo judicial para obtener esa reparación de su condición laboral (estabilidad del empleado público).
Nuestro estudio es especialista en la reclamación y litigo de todo tipo de situaciones de reajustes salariales, desde hace más de 30 años.
Por lo tanto, nos ponemos a disposición para iniciar su caso, asesorarlo o asesorar a su letrado si es que Ud. ya lo inició en otro estudio.